Hasta el 18 de diciembre se extiende la veda en ríos compartidos con Argentina y hasta el 31 de enero en aguas en común con el Brasil.
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) será el encargado de los controles durante este tiempo, a fin de garantizar el respeto a la veda.
Igualmente proveerá el listado de pescadores al Ministerio del Desarrollo Social, que a su vez hará una nueva depuración para confirmar a los que reúnen los requisitos para acceder al subsidio estatal.
En este periodo está permitida la pesca de supervivencia, que tiene lugar desde la ribera de los cauces hídricos por moradores o por quienes fijen domicilio permanente en las zonas ribereñas y que realicen esta actividad para consumo diario familiar. Solo podrán realizarla con anzuelos, liñada y caña con o sin reel. En todos los casos se prohíbe la utilización de cualquier tipo de embarcación.
De 3.000 a 10.000 jornales mínimos van las multas por no respetar la veda.
Está autorizada la comercialización hasta 7 (siete) días seguidos a partir del inicio de la veda, de los productos extraidos en tiempo y forma antes del inicio de la prohibición, al solo efecto de agotar stock.
Fuente: HOY