El presidente del Tribunal Electoral Partidario de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Santiago Brizuela dijo a Radio 1.000 que la concertación de partidos de oposición no pueden utilizar el padrón nacional para elegir a su chapa presidencial. Refirió que el caracter público al que hace alusión la Ley electoral y hasta la Constitución, es para controlar el padrón, no para utilizarlo en internas de ningún tipo.
“Entre esos artículos está el famoso artículo 112 que alegan desde la concertación, pero ahí lo que se hace es darle carácter público al padrón nacional, pero no significa que se habilite su uso para un proceso electoral, sino para que uno pueda controlar, pueda depurar, pero no usarlo en un proceso electoral”, sentenció.
“La concertación es conceptualmente una interna entre varios partidos, tienen derecho a participar los que están afiliados a los partidos que conforman la concertación, entonces, de ninguna manera se puede aceptar que un ciudadano que no está afiliado pueda participar en la concertación, para eso están las elecciones del 30 de abril del año que viene”, recalcó.