Las facturas impagas, emitidas en los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y setiembre de 2020, que no fueron exoneradas, correspondientes a los grupos de consumo beneficiarios de la Ley 6524/2020; serán fraccionadas de manera automática, en 18 (dieciocho) cuotas sin recargos ni intereses, y la primera cuota será incluida en la factura a ser emitida en el mes de octubre de 2020.
Las deudas impagas anteriores al “Periodo de Estado de Emergencia”, podrán ser financiadas de acuerdo a los procedimientos comerciales vigentes en la Institución, para cuyo caso, las solicitudes correspondientes deberán ser gestionadas de manera presencial, de lunes a viernes, en el horario de 07:00 a 13:00 para la Sede Central de la ANDE y de 08:00 a 13:00 en el resto de los locales de Atención al Cliente del País.
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